La Infanta Cristina, imputada por blanqueo y delito fiscal
El juez José Castro ha imputado a la Infanta Cristina por un delito de blanqueo de capitales y otro fiscal presuntamente cometidos por la hija del Rey en su condición de copropietaria de Aizoon, empresa familiar a la que se desviaron más de un millón de euros públicos desde el Instituto Nóos.
El auto de 227 páginas que acaban de recibir las partes [léalo en PDF: parte I y parte II], cita a la hija pequeña del Rey a declarar dentro de dos meses. Concretamente, el sábado 8 de marzo a las 10.00 horas de la mañana. El magistrado instructor del caso Urdangarin ha dado ese amplísimo margen con un obvio objetivo: que a la Audiencia Provincial de Palma le dé tiempo a fallar el más que seguro recurso de la Fiscalía Anticorrupción.
Los delitos que el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma atribuye a Doña Cristina están severamente castigados por el Código Penal. El blanqueo de capitales conlleva una pena de cárcel de hasta seis años, además de una multa que puede ser del triple de la cantidad de dinero lavada. El fiscal puede acarrear un máximo de cinco años de estancia en prisión y una sanción pecuniaria de hasta el séxtuplo de la cifra distraída a Hacienda.
El magistrado instructor sostiene que la contabilidad de Aizoon, sociedad instrumental que en estos momentos preside la duquesa de Palma, "distaba mucho de ajustarse a la realidad". Y tilda de "fiscalmente opaco" el reparto de dividendos entre los dos titulares de la empresa familiar: Cristina de Borbón y Grecia e Iñaki Urdangarin.
Una de las acusaciones más graves del auto viene a continuación, casi sin solución de continuidad, en un párrafo que no deja lugar a la duda: "Esos ingresos [procedentes del reparto de dividendos fiscalmente opacos] nunca los tributó en sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas [IRPF]".
Segunda imputación
Esta es la segunda ocasión en la que Castro cita como imputada a la infanta Cristina, pero cuando lo hizo por primera vez en abril de 2013 tuvo que suspender poco después la citación porque de que la Fiscalía Anticorrupción había presentado un recurso ante la Audiencia Provincial. La Audiencia dejó sin efecto la imputación pero apuntó nuevas líneas de investigación para averiguar si la infanta Cristina pudo incurrir en posibles delitos fiscales y de blanqueo desde la empresa Aizoon, de la que es propietaria al 50 % junto a su esposo.
El juez Castro apunta en el auto que Iñaki Urdangarin "difícilmente" pudo haber defraudado a Hacienda "sin, cuando menos, elconocimiento y aquiescencia" de su mujer "por mucho que de cara a terceros" mantuviera "una actitud propia de quien mira para otro lado".
Una forma de actuar que el magistrado considera irregular "por omisión", recalcando que no podría entenderse que la Duquesa de Palma no estuviera "alertada" del proceder de su marido, tanto por su"sólida formación" como por una intervención parlamentaria, en referencia a la efectuada a principios de 2006 por el diputado socialista Antoni Diéguez, en la que "se suscitaron dudas sobre las irregularidades del Instituto Nóos por beneficiarse de contrataciones públicas".
Tanto es así que, en los fundamentos jurídicos del auto, Castro se pregunta por qué la Infanta no utilizó su "paritario potencial participativo" en la sociedad Aizoon -de la que es copropietaria junto a su esposo y a través de la cual se habría defraudado al fisco- para rectificar las liquidaciones supuestamente defraudatorias de esta empresa.
El juez José Castro ha imputado a la Infanta Cristina por un delito de blanqueo de capitales y otro fiscal presuntamente cometidos por la hija del Rey en su condición de copropietaria de Aizoon, empresa familiar a la que se desviaron más de un millón de euros públicos desde el Instituto Nóos.
El auto de 227 páginas que acaban de recibir las partes [léalo en PDF: parte I y parte II], cita a la hija pequeña del Rey a declarar dentro de dos meses. Concretamente, el sábado 8 de marzo a las 10.00 horas de la mañana. El magistrado instructor del caso Urdangarin ha dado ese amplísimo margen con un obvio objetivo: que a la Audiencia Provincial de Palma le dé tiempo a fallar el más que seguro recurso de la Fiscalía Anticorrupción.
Los delitos que el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma atribuye a Doña Cristina están severamente castigados por el Código Penal. El blanqueo de capitales conlleva una pena de cárcel de hasta seis años, además de una multa que puede ser del triple de la cantidad de dinero lavada. El fiscal puede acarrear un máximo de cinco años de estancia en prisión y una sanción pecuniaria de hasta el séxtuplo de la cifra distraída a Hacienda.
El magistrado instructor sostiene que la contabilidad de Aizoon, sociedad instrumental que en estos momentos preside la duquesa de Palma, "distaba mucho de ajustarse a la realidad". Y tilda de "fiscalmente opaco" el reparto de dividendos entre los dos titulares de la empresa familiar: Cristina de Borbón y Grecia e Iñaki Urdangarin.
Una de las acusaciones más graves del auto viene a continuación, casi sin solución de continuidad, en un párrafo que no deja lugar a la duda: "Esos ingresos [procedentes del reparto de dividendos fiscalmente opacos] nunca los tributó en sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas [IRPF]".
Segunda imputación
Esta es la segunda ocasión en la que Castro cita como imputada a la infanta Cristina, pero cuando lo hizo por primera vez en abril de 2013 tuvo que suspender poco después la citación porque de que la Fiscalía Anticorrupción había presentado un recurso ante la Audiencia Provincial. La Audiencia dejó sin efecto la imputación pero apuntó nuevas líneas de investigación para averiguar si la infanta Cristina pudo incurrir en posibles delitos fiscales y de blanqueo desde la empresa Aizoon, de la que es propietaria al 50 % junto a su esposo.
El juez Castro apunta en el auto que Iñaki Urdangarin "difícilmente" pudo haber defraudado a Hacienda "sin, cuando menos, elconocimiento y aquiescencia" de su mujer "por mucho que de cara a terceros" mantuviera "una actitud propia de quien mira para otro lado".
Una forma de actuar que el magistrado considera irregular "por omisión", recalcando que no podría entenderse que la Duquesa de Palma no estuviera "alertada" del proceder de su marido, tanto por su"sólida formación" como por una intervención parlamentaria, en referencia a la efectuada a principios de 2006 por el diputado socialista Antoni Diéguez, en la que "se suscitaron dudas sobre las irregularidades del Instituto Nóos por beneficiarse de contrataciones públicas".
Tanto es así que, en los fundamentos jurídicos del auto, Castro se pregunta por qué la Infanta no utilizó su "paritario potencial participativo" en la sociedad Aizoon -de la que es copropietaria junto a su esposo y a través de la cual se habría defraudado al fisco- para rectificar las liquidaciones supuestamente defraudatorias de esta empresa.